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Tipos de homicidio y sus penas en Chile

Tipos de homicidio y sus penas en Chile

Los tipos de homicidio en Chile y sus penas: simple, calificado, parricidio, femicidio, infanticidio, cuasidelito y los grados frustrado y tentado.

No todos los homicidios son iguales

En el lenguaje común, «homicidio» es matar a otra persona. Pero el Código Penal chileno distingue varios tipos, y cada uno tiene una pena muy distinta según las circunstancias, la relación con la víctima y la intención. Entender esas diferencias es clave, porque pueden significar desde algunos años de cárcel hasta el presidio perpetuo.

En esta guía te explicamos los principales tipos de homicidio que reconoce la ley chilena, cuánto arriesga cada uno y qué circunstancias pueden agravar la condena.

Homicidio simple

Es matar a otra persona sin que concurran circunstancias especiales (artículo 391 N°2). Es la figura base del homicidio. Tras las últimas reformas que endurecieron estas penas, se castiga con presidio mayor en su grado medio a máximo, es decir, de 10 años y 1 día a 20 años. Se aplica cuando no hay ni las agravantes del homicidio calificado ni el vínculo del parricidio o el femicidio.

Homicidio calificado

Es el homicidio cometido con alguna de las circunstancias que la ley considera especialmente graves (artículo 391 N°1). Por esa mayor gravedad, su pena es presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo. Las circunstancias que lo califican son:

  • Alevosía: actuar a traición o sobre seguro, aprovechando la indefensión de la víctima.
  • Premio o promesa remuneratoria: matar por encargo o a cambio de un pago.
  • Veneno: emplear medios insidiosos y ocultos.
  • Ensañamiento: aumentar deliberada e inhumanamente el dolor de la víctima.
  • Premeditación conocida: planificación previa y reflexiva del crimen.

Basta que concurra una de estas circunstancias para que el homicidio pase a ser calificado, con el consiguiente salto en la pena.

Parricidio

Es matar a quien se sabe padre, madre o hijo, a cualquier otro ascendiente o descendiente, o al cónyuge o conviviente (artículo 390). Por el vínculo con la víctima, es de los delitos más graves: se castiga con presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado. La relación familiar o de pareja es, aquí, lo que agrava el hecho.

Femicidio

Es el homicidio de una mujer cometido por quien es o ha sido su cónyuge o conviviente, o en razón de su género (artículos 390 bis y 390 ter). Tiene penas equivalentes a las del parricidio: presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado. La legislación ha ido ampliando su alcance para abarcar contextos de violencia de género más allá de la pareja.

Infanticidio

Es la muerte causada al hijo o descendiente dentro de las 48 horas siguientes al parto (artículo 394). Por sus particulares circunstancias, tiene una pena menor que el parricidio: presidio mayor en sus grados mínimo a medio.

Cuasidelito de homicidio

Aquí no hay intención de matar: la muerte se produce por negligencia o imprudencia (por ejemplo, en un accidente de tránsito o una negligencia médica). Al ser un delito culposo y no doloso, sus penas son mucho más bajas —generalmente presidio o reclusión menores y multa— y, en casos de tránsito, pueden sumarse sanciones como la suspensión de la licencia de conducir. Es la gran diferencia con los homicidios dolosos: se castiga la falta de cuidado, no la voluntad de matar.

Homicidio frustrado y tentado

Además del homicidio consumado (cuando la víctima muere), existen grados de desarrollo inferiores: el frustrado (se hizo todo para matar, pero la muerte no ocurrió) y el tentado. Estos rebajan la pena en uno o dos grados respecto del consumado. Lo explicamos en detalle en nuestra guía sobre el homicidio frustrado.

Las agravantes en el homicidio

Más allá del tipo, existen circunstancias que pueden aumentar la pena, como la reincidencia, el abuso de superioridad, actuar de noche o en despoblado, o el uso de armas. También hay atenuantes (como la irreprochable conducta anterior) que pueden rebajarla. La combinación de estas circunstancias es la que finalmente determina la condena concreta en cada caso.

Resumen de penas

Para tener el panorama de un vistazo:

  • Homicidio simple: 10 años y 1 día a 20 años.
  • Homicidio calificado: 15 años y 1 día a presidio perpetuo.
  • Parricidio y femicidio: presidio mayor máximo a presidio perpetuo calificado.
  • Infanticidio: presidio mayor en sus grados mínimo a medio.
  • Cuasidelito de homicidio: penas de presidio o reclusión menores y multa.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre homicidio simple y calificado?

El calificado concurre con circunstancias especialmente graves (alevosía, premeditación, ensañamiento, etc.) que aumentan la pena. El simple no las tiene.

¿Qué es el presidio perpetuo calificado?

Es la pena más alta del sistema chileno: una privación de libertad perpetua que exige cumplir un mínimo de 40 años antes de poder optar a cualquier beneficio.

¿Un accidente de tránsito con resultado de muerte es homicidio?

Normalmente se trata como cuasidelito de homicidio, porque no hubo intención de matar, sino negligencia. Sus penas son mucho menores que las del homicidio doloso.

¿La legítima defensa puede eximir de responsabilidad?

Sí. Si concurren sus requisitos (agresión ilegítima, necesidad racional de la defensa y falta de provocación), puede eximir de responsabilidad penal. Debe evaluarse caso a caso.

Conclusión

El tipo de homicidio —y las circunstancias que lo rodean— define penas que van desde algunos años hasta el presidio perpetuo. Por eso, tanto para las víctimas como para los imputados, la calificación jurídica de los hechos es decisiva y requiere una defensa especializada desde el primer momento.

En Antonio Varas Abogados podemos ayudarte: contáctanos para una evaluación de tu caso.


Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal para un caso particular. La legislación puede variar y su aplicación depende de cada caso; verifica siempre la normativa vigente y asesórate con un abogado.